lunes, 28 de junio de 2010

La Sentencia


Por fin el Tribunal Constitucional ha dictado sentencia sobre el Estatuto de Cataluña. Parecía que este día no llegaría. Este blog nació pensando en los alumnos de Derecho Constitucional que estudian el Estado Autonómico español, pensando que les ayudaría un pronunciamiento del TC acerca de aspectos tan importantes relativos a la organización territorial española que, después de tantos años de desarrollo constitucional, seguía estando abierta. 28 de junio de 2010, cuatro años para dictar sentencia en uno de los casos más conflictivos que hemos vivido en nuestro democrático Estado. Han pasado cuatro cursos esperando esta sentencia para mis alumnos. Casi he dejado ya la docencia en esta asignatura. Con independencia de las reacciones políticas (para PSOE fracaso del PP, para PSC un desastre), cincuenta artículos de los 100 recurridos son cuestionados en su constitucionalidad y quince artículos han sido declarados claramente inconstitucionales. Con la prudencia que en estos momentos hay que tener, hasta leer con detenimiento la sentencia, lo que es un desastre es que haya treinta y cinco artículos bajo las premisas de una sentencia interpretativa, y de los otros quince, no los declara totalmente inconstitucionales, sino que modifica su redacción. Era una sentencia interpretativa, como ya nos temíamos. ¿Y ahora qué? Vamos a leerla con calma e iremos comentando cada uno de los aspectos. Publicaremos la sentencia completa. De momento, tenemos el fallo.

3 comentarios:

mzc dijo...

¡Qué rápida, Conchita! Yo acabo de leer ahora la noticia. Veremos a ver qué dice, la leeré tranquilamente, y pensaré y valoraré todo punto por punto.
En un par de días, espero dar mi opinión al respecto.

Por cierto, y antes de saber de qué va el tema...¡YA ERA HORA!

Anónimo dijo...

"Habemus... Sentencia"
Si, por fin, hay sentencia. Ha sido una gestación larga y un parto difícil, pero ya está aquí con nosotros, con toda su familia jurídica.
Creo que este ha sido, sin lugar a dudas, el mejor momento para tan feliz alumbramiento, puesto que la cuesatión política de este país ha cedido el lugar a la cuestión económica. Era una magnífica oportunidad, para que las posibles consecuencias de esta sentencia se diluyan.
Hace un par de años, en clase de constitucional 2, abordamos una serie de cuestiones a modo de prácticas, como materia de la asignatura. Yo consideré la cuestión del principio de la bilateralidad contenido en el nuevo Estatuto de Cataluña (creo que debe de andar por ahí el trabajo)Pues bien, en el expuse la constitucionalidad del mismo, como mecanismo de eficiencia política y que el mismísimo Estado Central fomentaba en sus relaciones con la diferentes CCAA. Sin embargo era este un aspecto cuestionado por aquellos que recurrieron la constitucionalidad del Texto Estatuario Catalán. El máximo intérprete de la Constitución, después de dos años, me ha dado la razón. Solamente considera tan Alto Tribunal que en el art. 174.3, del citado Texto, ha de interpretarse conforme a que Cataluña es parte del Estado español y sólo así, dicho art. mantiene su constitucionalidad. Cuestión esta que los catalanes comparten y acepta.
Me congratulo con esta sentencia y hago propias las palabras del Ministro de Justicia, "con esta sentencia hemos ganado todos los españoles".
Un saludo y espero que nos veamos en la cena de fin de curso.

jc navarro dijo...

El anónimo del comentario anterior, soy yo: jc navarro.