jueves, 17 de marzo de 2011

LA CONDENA DE ESPAÑA

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con sede en Estrasburgo, ha resuelto en el caso Otegi condenando al Estado español a indemnizarle, por daños morales, a la cantidad de 20 mil euros.
El Alto Tribunal motiva su sentencia en la desproporcionalidad con que se castigaron los hechos por el Tribunal Supremo español. Los hechos fueron que el susodicho personaje se dirigió al Jefe del Estado español como "el jefe de los torturadores" considerando éstos como un delito tipificado en el art. 490 del CP. Por el cual se le impuso una pena de un año de prisión.
Pero, ¿qué hay realmente detrás de la sentencia del TEDH? ¿solamente una vulneración al ejercicio de libertad de expresión del citado individuo?
Ni que decir tiene que el anterior derecho constitucional (art. 20 CE) encuentra su limite (art. 20.4) entre otros, en el derecho al honor y en el de la propia imagen. Aspecto éste no tenido en cuenta a la hora de sentenciar por el TEDH.
Se han alzado voces, como la del parlamentario vasco Mikel Arana (de casta le viene al galgo) que en aras de una burda manipulación de dicha sentencia considera que tales injurias no son más que una "crítica política" de Otegi y que dicha sentencia acaba con la impunidad del Rey.
Sr. parlamentario vasco de la formación EB, Otegi, con anterioridad y posterioridad a estos hechos, ha realizado criticas políticas y no por ello se le ha procesado. Sólo una mente enferma como la suya puede imaginar que, en España no se garantizan los derechos y libertades de los ciudadanos.
Sin embargo, Gaspar Llamazares, a mi juicio muy acertadamente, considera que con esta sentencia se cuestiona la Ley de Partidos desde instituciones europeas.
En efecto, el TEDH condena a España por retirar a Otegi de la vida pública, consiguiendo con ello, que no concurriera a las elecciones. Esto, para el Alto Tribunal europeo, es considerado como una quiebra del Estado de Derecho en que se constituye España. En efecto, el Tribunal europeo ve en la Ley de Partidos una vis expansiva que contradice la Carta de Derechos Fundamentales.
Pero qué sabe este Tribunal de 40 años de muerte y destrucción, del dolor y sufrimiento de miles de personas. España, en sus diversos Gobiernos, ha luchado y ha intentado acabar con el terrorismo de eta, aveces con más acierto que otras, con el Estado de Derecho por delante y si para ello se bordean principios democráticos con la Ley de Partidos que así sea, sin remordimientos y con la cabeza bien alta, que los asesinos son ellos.
Esta sentencia supone otorgar base jurídica a la banda terrorista cara al exterior: "en España se vulneran los derechos fundamentales por hacer críticas políticas.
España pertenece a la UE y dentro de ésta participa en el llamado Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia. Eta no es un problema español, es un problema europeo y así lo tiene que hacer ver. Si es necesario dar un puñetazo en la mesa, pues que se de. La lucha contra los asesinos de eta y de quienes colaboran con ellos supone cohesión sin fisuras, tanto aquí como en Europa a todos los niveles y en todas las instituciones.

JC Navarro. Un saludo.